La provincia de Salta marca un precedente histórico en la protección de estudiantes con la promulgación de la Ley 8471, firmada por el gobernador Gustavo Sáenz junto a funcionarios clave del gobierno provincial. Esta normativa establece un filtro riguroso para todo el personal educativo, exigiendo la ausencia total de antecedentes penales relacionados con delitos contra la integridad sexual.
La nueva legislación requiere que todos los aspirantes a cargos educativos, tanto docentes como no docentes, presenten dos documentos fundamentales: el Certificado de Antecedentes Penales de la Policía de Salta y un informe del Registro Nacional de Reincidencia. Estos certificados deberán actualizarse periódicamente, con un plazo máximo de dos años, garantizando así un monitoreo continuo del personal.
En caso de que un miembro del personal educativo sea imputado por delitos sexuales, se activará inmediatamente el Reglamento General de Investigaciones Administrativas de Salta. La ley contempla un riguroso sistema de control y seguimiento, estableciendo procedimientos claros para la investigación y sanción de casos sospechosos.
Para las instituciones educativas públicas de gestión privada, el incumplimiento de esta ley conlleva sanciones significativas, incluyendo desde apercibimientos hasta multas que pueden alcanzar hasta diez veces el valor de la cuota escolar. Además, se contempla la posibilidad de suspensión de matrícula y caducidad de permisos operativos.
Las instituciones que reciben subsidios estatales enfrentan consecuencias adicionales, pudiendo perder hasta el 30% de la subvención por un período de tres años, o incluso la totalidad de la misma por un año. Esta medida demuestra el compromiso inquebrantable del gobierno salteño con la seguridad y el bienestar de los estudiantes en todos los niveles educativos.